Ir al contenido

VERI*FACTU: calendario actualizado y qué hacer ahora con Odoo

Hacienda anuncia el aplazamiento a octubre de 2028: qué dice el BOE, qué se ha anunciado y cómo aprovechar el tiempo
15 de octubre de 2026 por
Administrator
| Sin comentarios aún

El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció mediante una nota informativa que aplaza hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento VERI*FACTU (Real Decreto 1007/2023), con el fin de hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria para empresas y autónomos con facturación de hasta 8 millones de euros. Es el tercer aplazamiento del sistema.

Sin embargo, a fecha de esta actualización (15 de octubre de 2026), esa modificación todavía no consta publicada en el BOE. Formalmente siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para las sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. En este artículo le explicamos qué está anunciado, qué está en vigor y cómo preparar su empresa con Odoo sin prisas ni sorpresas.

Calendario VERI*FACTU y factura electrónica B2BAplazamiento anunciado el 5/10/2026 (pendiente de BOE)1 ene 2027VERI*FACTU sociedadesvigente en el BOE1 jul 2027VERI*FACTU restovigente en el BOEOct 2027Factura electrónica B2Bfacturación > 8 M€Oct 2028Factura electrónica B2B (resto)+ VERI*FACTU (anunciado)
Fechas vigentes en el BOE a 15/10/2026 y aplazamiento anunciado por Hacienda, pendiente de formalizarse. Las fechas de factura electrónica son orientativas.

¿Qué fechas están vigentes y cuáles solo están anunciadas?

Conviene distinguir entre lo que ya es norma publicada y lo que todavía es un anuncio:

ObligaciónFecha en el BOESituación
VERI*FACTU · sociedades (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027Hacienda anuncia octubre de 2028; falta la norma
VERI*FACTU · resto de empresas y autónomos1 de julio de 2027Hacienda anuncia octubre de 2028; falta la norma
Factura electrónica B2B · facturación superior a 8 M€Octubre de 2027 (12 meses tras la orden técnica)Calendario derivado del RD 238/2026 y de la Orden HAC/1028/2026
Factura electrónica B2B · resto de empresas y autónomosOctubre de 2028 (24 meses tras la orden técnica)Calendario derivado del RD 238/2026 y de la Orden HAC/1028/2026

Dada la sucesión de aplazamientos, lo razonable es planificar con octubre de 2028 como horizonte sin dar el calendario por cerrado hasta que se publique la norma en el BOE.

VERI*FACTU y factura electrónica B2B: dos obligaciones distintas

Con frecuencia se confunden. VERI*FACTU regula los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación: un registro por cada factura, encadenado con el anterior mediante una huella (hash), código QR e inalterabilidad de los datos, y, en la modalidad VERI*FACTU, el envío de esos registros a la Agencia Tributaria. La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece, desarrollada por el Real Decreto 238/2026) obliga a emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado entre empresas y a comunicar su estado (aceptación, rechazo y pago). Si se confirma el aplazamiento, ambas coincidirían en el calendario, pero siguen siendo requisitos diferentes que su sistema deberá cubrir.

Qué conviene hacer ahora con Odoo

Un año más de plazo no significa que el trabajo desaparezca; significa que puede hacerse con orden. Estos son los pasos que recomendamos:

  • Revisar su versión de Odoo: Odoo da soporte oficial a las tres últimas versiones mayores, y una versión fuera de soporte complica cualquier adaptación normativa.
  • Auditar la localización española y la configuración de facturación: series, facturas rectificativas, impuestos, certificados y flujos de validación.
  • Hacer pruebas piloto en un entorno de pruebas antes de que la obligación sea exigible, para detectar errores sin consecuencias.
  • Ordenar los flujos de cobro y pago: la factura electrónica exigirá comunicar estados, así que conviene que la conciliación y los vencimientos estén bien llevados.
  • Formar al equipo administrativo en el nuevo circuito de emisión, recepción y corrección de facturas.

Cuando el BOE publique el aplazamiento

Actualizaremos este artículo en cuanto se publique la norma que formalice el nuevo calendario. Hasta entonces, trabajar con los plazos más exigentes (los vigentes en el BOE) como referencia interna es una forma prudente de no llegar tarde, y trabajar con 2028 como horizonte permite hacerlo con calma.

En Expansión Océano Azul contamos con un servicio especializado de Consultoría de Gestión en VERI*FACTU y Sistemas de Costes. Le ayudamos a diagnosticar el estado de su Odoo y su facturación, y a planificar la adaptación para que la transición sea segura, realista y se traduzca en automatización y mejor control de sus costes.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento fiscal; consulte con su asesor. Nosotros dejamos el sistema preparado.

Fuentes: nota informativa del Ministerio de Hacienda (5 de octubre de 2026); Real Decreto 1007/2023; Real Decreto-ley 15/2025; Real Decreto 238/2026; Orden HAC/1028/2026 (BOE de 5 de octubre de 2026). Última actualización: 15 de octubre de 2026.


👤 Sobre el equipo en Expansión Océano Azul

Firma especializada en consultoría funcional de sistemas ERP, con un enfoque experto en Odoo. Aportamos experiencia práctica directa en la implementación y optimización de procesos empresariales, facilitando la transición digital de las pymes mediante soluciones tecnológicas modernas, ágiles y rentables.

🔗 Conecta con Expansión Océano Azul en LinkedIn 📖 Descubra nuestros servicios de consultoría integral

Administrator 15 de octubre de 2026
Compartir esta publicación
Archivar
Iniciar sesión para dejar un comentario